La Justicia de Córdoba homologó un acuerdo entre partes y, en consecuencia, sobreseyó por extinción de la acción penal -a causa de la conciliación con la víctima- a un empresario imputado por lesiones gravísimas calificadas, que era uno de los dos imputados en la causa, en su caso por omisión.
El hombre, que tiene una firma dedicada al telemarketing, había sido acusado penalmente por no impedir que un supervisor sometiera a mobbing laboral a una de las empleadas y le ocasionara así un trastorno de ansiedad, con crisis de pánico secundario y estrés agudo.
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