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Remueven a administrador por incumplir deberes y ejercer violencia de género

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La demanda de remoción fue interpuesta por su excónyuge; quien, pese a contar también con un cargo gerencial, no podía ejercer sus funciones desde la ruptura de la relación

El Juzgado en lo Civil y Comercial de 3ª Nominación de la ciudad de Córdoba hizo lugar a la demanda de remoción iniciada en contra del gerente de una sociedad dedicada a comercializar telas, acrílicos, policarbonatos, vinilos, alfombras como así también a la confección de gigantografías y alfombras publicitarias. Para ello, el tribunal no sólo tuvo en cuenta el incumplimiento de las obligaciones propias de un administrador sino que también valoró la delicada situación de vulnerabilidad de la demandante, que era su ex esposa, y la violencia económica, física y psicológica que se ejercía sobre ella

La jueza Andrea Belmaña se valió de las pruebas que demostraban el irregular desempeño del cargo del administrador, tales como la ausencia de registros contables, la omisión de llamar a asambleas para tomar decisiones, la venta de inmuebles sin autorización. Además, analizó con profundidad los acontecimientos posteriores a la ruptura de la relación sentimental que había unido a los administradores: un juicio de divorcio, denuncias penales por delitos económicos y por violencia familiar, orden de prohibición de acercamiento (incluso, en el lugar de trabajo) y entrega del botón antipánico.

Frente a dicho panorama y en referencia al trato discriminatorio que había recibido la actora por su condición de mujer, la magistrada afirmó: “Queda evidenciada en forma manifiesta la desigual relación de poder entre las partes y, aunque ambos revestían el carácter de gerentes, ante la ruptura de pareja, la actora se vio excluida de la empresa, no pudiendo ejercer sus derechos y obligaciones, sufriendo restricción al acceso y control de los recursos económicos que otrora fueron del matrimonio, en virtud de las participaciones sociales que ambos ostentaban”.

Asimismo, la jueza precisó que, tras la remoción del ex esposo, la demandante podría retomar las tareas de administración de la sociedad. Ello porque, pese a haber sido desplazada en los hechos de sus tareas, nunca había perdido su cargo de gerente en términos jurídicos.

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