domingo 8, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Removieron de la lista del Incucai a un ciudadano peruano con residencia provisoria

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La Cámara en lo Civil y Comercial Federal declaró la nulidad de una medida cautelar que le ordenó al Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai) incluir en la lista de espera de urgencia para trasplante cardíaco a un ciudadano peruano con residencia provisoria en el país.

El tribunal resaltó que el paciente solicitante carece de “la categoría de residente permanente en el país”, un requisito previsto en la legislación en la materia.

Los jueces Guillermo Antelo, Eduardo Gottardi y Fernando Uriarte concluyeron que en primera instancia se incurrió en un “ apartamiento palmario de la ley vigente”, lo que dio lugar, además, a una medida cautelar “cuyo contenido coincide con la pretensión de fondo, y sin consideración alguna de la complejidad del sistema de trasplante establecido en la ley”.

En otro orden, precisaron que el a quo, entre otras omisiones, no convocó a una audiencia personal con el actor, con presencia del fiscal, ni dispuso la intervención de peritos médicos, asistente social y psiquiatra, como prevé la Ley de Trasplantes.

Concluyeron que esas falencias implican “la eventual inobservancia de una disposición de orden público que, como tal, excede el mero interés individual y no puede ser soslayada”.

Los magistrados advirtieron además que la decisión “precautoria” de incluir al paciente en un plazo de tres días en la lista de espera de urgencia “implica el desplazamiento de otras personas que se encuentran en la misma situación”.

Así, admitieron el recurso de apelación del Incucai.

El ciudadano peruano con residencia provisoria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reclamó con patrocinio de la Defensoría Pública Oficial.

Ingresó al país en octubre de 2022. El día que llegó sufrió una descompensación cardíaca y debió ser trasladado al Hospital Cosme Argerich.

Los cardiólogos que lo asistieron le diagnosticaron “miocardiopatía dilatada de etiología valvular” e indicaron como única terapéutica posible el trasplante cardíaco.

En marzo de 2023 obtuvo certificado de discapacidad y en abril su médico tratante le solicitó al Incucai su inscripción, que fue denegada, lo que derivó en la denuncia y posterior apertura de la causa. 

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