El tribunal entendió que, si bien el trámite en etapa administrativa puede continuar para la obtención de las prestaciones al trabajador, el profesional alcanzó una etapa pasible de generar estipendios
Al observar que el trámite realizado por el letrado en el acompañamiento del trabajador en la comisión médica, mediante el cual revirtió el rechazo de la contingencia y se admitió su carácter profesional, la Sala 11ª de la Cámara del Trabajo revocó la negativa a regular los honorarios del profesional, al sostener que, pese a que el trámite es factible de continuar -porque no se determinaron las prestaciones- tiene autonomía para estimar la compensación por las tareas oficiosas logradas, y cuantificó ese quehacer en diez jus, a cargo de la ART demandada.
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