Si bien el letrado no demostró razones que justificaran no devolver en tiempo la documentación, el TSJ cordobés valoró su conducta en el ejercicio de la profesión
Al validar los hechos que motivaron la sanción aplicada a un letrado por el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados, por la no devolución oportuna del expediente que le requirió el juzgado al que pertenecía, la Sala Contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) admitió parcialmente la impugnación del profesional y transformó la sanción pública en un apercibimiento privado, por no tener antecedentes disciplinarios previos.
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