El pronunciamiento sostuvo que la cooperativa demandada, al no presentarse al pleito, generó la presunción de veracidad de los dichos del accionante, que no fueron desacreditados con prueba en contrario
Al considerar acreditado el vínculo laboral del actor y descartar que haya ejercido tareas en un cementerio en calidad de socio, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) admitió el reclamo por incapacidad laboral del accionante y condenó a la Cooperativa de Emprendimientos Múltiples Meridional Limitada al pago de la indemnización de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT).
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