La Sala X del Juzgado Nacional Nº 54 en lo Civil y Comercial revocó una sentencia de primera instancia que había declarado la existencia de cosa juzgada, donde se reconoció ajustar la condena por el índice de Precios al Consumidor (IPC) desde la exigibilidad del crédito hasta su efectivo pago, en reemplazo de los intereses originalmente considerados.
En la causa “Tramando SA c/ Q. C. F. s/ Revisión de cosa juzgada”, originado cuando la empresa promovió una acción autónoma cuestionando los pronunciamientos dictados en las instancias previas del expediente “Q. C. c/ Tramando SA s/ Despido”. En particular, la actora planteó objeciones respecto del mecanismo de actualización monetaria aplicado en dichas resoluciones, basado en las actas CNAT 2764 y 2783.
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