La decisión judicial se divulgará hoy. El juez de Control Gustavo Reinaldi no hizo lugar a la realización de una audiencia pública. El autor del amparo anticipó que apelará el fallo.
El juez de Control Gustavo Reinaldi divulgará hoy la resolución del hábeas corpus colectivo y preventivo que la semana pasada presentó el abogado y profesor universitario Hugo Seleme, en el marco de las detenciones masivas en distintos barrios de la ciudad de Córdoba.
Según pudo conocer Comercio y Justicia, el magistrado rechazará la presentación judicial que significó un intento de poner freno a la Policía de la Provincia en la aplicación del Código de Faltas.
La decisión judicial -que se dará a conocer a las 10.30- tendrá lugar sin que haya mediado previamente una audiencia pública (como pidió Seleme) para escuchar a las más de 350 personas que fueron detenidas entre el 1 y 3 de mayo de 12 barrios modestos de la ciudad de Córdoba.
Según explicó a este diario el abogado que interpuso el amparo, para rechazar la audiencia pública el juez adujo falta de infraestructura judicial para convocar a la gran cantidad de involucrados y urgencia en responder al hábeas corpus.
Más detenidos
Lejos de negar los hechos, la Policía de la Provincia admitió que se produjo el primer fin de semana de mayo una serie de detenciones masivas que, incluso, superaron la cantidad que se había mencionado en el hábeas corpus.
Como se sabe, Reinaldi había pedido a la policía un informe sobre la cantidad, nombre de las personas y motivo por el que fueron arrestadas. En paralelo, pidió a las Fiscalías que informen si hubo órdenes judiciales para concretar los arrestos, y a la Policía Judicial un relevamiento sobre los testimonios de los detenidos en los distintos medios de comunicación.
A medio camino
Seleme, quien actuó en representación del Programa de Ética y Teoría Política de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba, adelantó a este diario que de rechazarse el hábeas corpus apelará la medida judicial y será la Cámara de Acusación que tendrá en ese caso que resolver.
En su presentación, Seleme invocó el artículo 43 de la Constitución Nacional y señaló que los residentes de dichos barrios “ven amenazada su libertad ambulatoria” por los “operativos de saturación con fuerte ocupación territorial”. Además, le solicitó al juez que “se pronuncie acerca de la constitucionalidad de los procedimientos” policiales y “ordene el cese de tal situación”.
Oportunamente, la decisión de dar curso al hábeas corpus fue un logro, toda vez que el juez lo hizo en contra de la jurisprudencia de la Corte Suprema, que en el caso Verbitsky se apuntaba a que sólo se podía representar a alguien que hubiese sido víctima.