Para la jueza Adriana Cammarata no quedó probado que la nueva norma le cause al actor un menoscabo cuyos efectos no podrían revertirse con el fallo definitivo.
La jueza de la Seguridad Social Adriana Cammarata (Juzgado Número 8) rechazó una medida cautelar presentada contra la reforma previsional aprobada en diciembre.
La presentación la hizo un jubilado y ex directivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
En el caso, Miguel Fernández Pastor solicitó la suspensión del cambio de la fórmula previsional al entender que su aplicación le generaba daños graves e irreparables.
Cammarata sostuvo que la cautelar no tenía validez ya que el presunto perjuicio puede ser corregido mediante el amparo promovido, en el cual se individualiza el reclamo.
Para la jueza, no quedó probado que la nueva norma le cause al actor “un grave menoscabo cuyos efectos no podrían revertirse con el dictado de la sentencia definitiva”.
El fallo implica que la magistrada solo deberá resolver la inconstitucionalidad de las normas de manera individual, en el caso concreto, pero que la ley seguirá aplicándose.
A fines de 2017, Fernández Padtor consiguió que la Cámara apartara al juez subrogante Fernando Strasser en una causa por reforma.
Strasser había resuelto que todas las cautelares que se iniciaban tendrían que ser enviadas a su juzgado, al avalar un pedido de la Anses para agrupar todos los reclamos que se presentaran bajo el formato de acción de clase.
Fernández Pastor lo recusó y los jueces Rodolfo Milano, Néstor Fasciolo y Martín Laclau resolvieron hacer lugar a la recusación planteada por el abogado y el caso derivó en el juzgado a cargo de Cammarata.