La Cámara Federal porteña rechazó un planteo para suspender el juicio a cambio de tareas comunitarias, “probation”, de uno de los procesados por los incidentes del 10 de marzo de 2022 en inmediaciones del Congreso Nacional, cuando se debatía el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
El Tribunal de Apelaciones confirmó una decisión de la jueza federal María Eugenia Capuchetti, quien negó un pedido de la defensa de Julián Lazarte para “suspender el juicio a prueba”, según la resolución a la que tuvo acceso Télam
En la causa se investigan los disturbios ocurridos en las inmediaciones del Congreso Nacional el 10 de marzo de 2022, cuando en la Cámara de Diputados se trataba el Acuerdo celebrado por ese entonces por el Poder Ejecutivo con el Fondo Monetario Internacional.
En la investigación es querellante el Senado de la Nación, que preside la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.
Lazarte está procesado y excarcelado como supuesto coautor de “daño calificado” a raíz de los disturbios de ese día, cuando cerca de las 15 un grupo de personas comenzó a arrojar piedras, cascotes y bombas de pintura hacia el Parlamento, lo que generó “diversos daños a bienes públicos”, recordó el Tribunal.
“Otros también atacaron con esos elementos y bombas molotov a policías, ocasionándoles lesiones”, agregó la resolución.
La defensa de Lazarte pidió la llamada “probation”, suspensión del juicio a prueba con el compromiso de realizar tareas comunitarias y pago de una multa.
Pero la fiscalía se opuso ante ” la magnitud y gravedad institucional de los actos de vandalismo que se le achacan, sumado a los daños materiales y el peligro causado, es probable que, en caso de recaer una condena, ésta pueda ser superior a los tres años de prisión, lo que conllevaría que no pueda ser dejada en suspenso”
La jueza argumentó que la falta de consentimiento del fiscal impedía otorgar la suspensión requerida, por lo que la rechazó y ahora el camarista Eduardo Farah confirmó esa resolución.
“Se observa que la oposición de la fiscalía cumple con los requisitos de logicidad y motivación en la medida en que sus fundamentos tienen razonable correlato con las circunstancias del caso y lo probado en aquel”, concluyó el Tribunal de Apelaciones