Ante un conflicto de competencia Villa Carlos Paz y Córdoba capital por el lugar de residencia de un niño, planteado por su padre alimentante, quien como defensa de su incumplimiento invocó que había retomado la convivencia con la madre del niño, la Cámara 1ª de Familia resolvió que el magistrado de la ciudad serrana debía continuar entendiendo en la causa, por ser quien se encontraba en mejores condiciones y contaba con mayores elementos, lo que mejor satisfacía el interés superior del niño, con mínima intervención judicial y evitando su revictimización.
El tribunal -integrado por los vocales Graciela Moreno de Ugarte, Fabián Faraoni y Rodolfo Ruarte- indicó que el artículo 716 del Código Civil y Comercial (CCyC) prevé que en los procesos que se debatan los derechos de las niñas, niños y adolescentes referidos a la responsabilidad parental, “resulta competente el juez del lugar donde la persona menor de edad tiene su centro de vida, y ello representa un punto de conexión realista que favorece la concreción de otros principios de orden familiar tales como el interés superior, la tutela judicial efectiva, la inmediatez, la participación en el proceso, la oralidad y la celeridad”.
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