Al interpretar que la letrada pudo oponerse a la firma del acuerdo realizado en la comisión médica, a los fines de quedar excluida de la regulación de 10% del monto convenido con Prevención ART y salvaguardar su derecho a una regulación de honorarios, dejando a su cliente ante el asesoramiento gratuito brindado por la propia entidad administrativa y prejurisdiccional, la Cámara del Trabajo de Río Cuarto rechazó la apelación presentada por la letrada, confirmando la excepción de cosa juzgada.
Al respecto, el tribunal sostuvo que que la profesional había optado por firmar el acuerdo con la cláusula relativa a sus honorarios, sin reserva o protesto legal y, en consecuencia rechazó la impugnación articulada.
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