La Justicia de Córdoba entendió que esta figura sólo rige cuando “la restricción o privación de la libertad haya sido dispuesta de manera arbitraria”. En este caso, la magistrada consideró que las medidas buscan evitar la propagación descontrolada del covid-19
La Justicia de Córdoba rechazó in limine una acción de hábeas corpus presentada por un vecino de la ciudad de Córdoba, quien ingresó a la provincia desde Santa Fe y fue derivado a un hotel ubicado en barrio Nueva Córdoba, para cumplir los 14 días de aislamiento obligatorio previsto por el protocolo de actuación del Ministerio de Salud de la Provincia, a raíz de la pandemia del covid-19. El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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