La Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda interpuesta por un abogado de la matrícula -Domingo Esteban Montanaro (foto)- que, tras haber ejercido durante años como magistrado, inició una acción meramente declarativa para que se determine su inclusión en el régimen previsional previsto por la Ley 24.018, que regula las jubilaciones y pensiones de los funcionarios del Poder Judicial, Legislativo y Ejecutivo.
La decisión fue adoptada por las camaristas Victoria Pérez Tognola, Adriana Claudia Cammarata y Viviana Patricia Piñeiro, quienes coincidieron en que el actor no había reunido todos los requisitos exigidos por la ley al momento de su vigencia, motivo por el cual resultaba inaplicable.
En su análisis, el tribunal señaló que al momento en que el actor alcanzó la edad jubilatoria, la norma vigente era la Ley 27546, por lo cual debía estarse a esa legislación. En línea con la jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, indicaron que “la ley aplicable es la vigente al producirse el hecho generador del beneficio”, en este caso, el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para el otorgamiento de la jubilación. Dado que el peticionario no alcanzó a reunirlos bajo el régimen de la Ley 24.018, esta no podía aplicarse.
Inconstitucionalidad
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