La firma solicitante aducía que las medidas adoptadas con motivo de la pandemia del Covid-19 produjeron el cese repentino de su actividad porque se ordenó el cierre de las salas de juego. Para el tribunal, no se presentó documentación que respaldara la petición
La Sala en Feria A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso-administrativo Federal rechazó el pedido de una medida cautelar que requirió una empresa que denunció no poder abonar los salarios de sus empleados.
En autos “World Games SA c/PEN – AFIP s/Medida Cautelar”, la actora solicitó la habilitación de la feria judicial persiguiendo el dictado de una medida autosatisfactiva, con el objeto de que se ordenara a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) “el aplazamiento de los vencimientos impositivos inminentes, como así también el reclamo de los impuestos nacionales vencidos, desde la entrada en vigencia del DNU 260/2020 hasta su finalización y/o la reanudación de sus actividades comerciales”.
Según argumentó la firma, las medidas adoptadas en torno al Covid-19 ocasionaron el cese repentino de su actividad porque ordenaron el cierre de las salas de juegos para evitar la aglomeración de público.
La solicitante manifestó que, en ese contexto pandémico, le resultaba de imposible hacer frente al pago de los salarios de sus empleados.
En primera instancia, el juez de grado desestimó el pedido de habilitación al sostener que “que se trataba de una materia de orden público y que la suspensión de las funciones judiciales durante la feria era de carácter obligatorio para los jueces y justiciables, de modo que su habilitación resultaba excepcional”.
El magistrado resaltó que el asunto planteado “revestía naturaleza estrictamente patrimonial y que la peticionante no había acreditado una circunstancia de urgencia concreta que importara un riesgo cierto de que su pretensión se tornara ineficaz en el caso de que no fuera tratada durante el receso judicial dispuesto en razón de una emergencia pública”.
La actora interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio, resaltando que de esperar a la finalización de la feria judicial, se produciría el daño inminente de no poder abonar los sueldos de sus dependientes.
Crítica
Los jueces José Luis López Castiñeira, Marcelo Daniel Duffy y Guillermo Treacy destacaron en principio que World Games SA “no realizó una critica fundada y concreta de los errores incurridos en el fallo de primera instancia”.
El fallo evaluó que “la recurrente se limitó a reiterar diversas afirmaciones efectuadas en su escrito de inicio y a destacar la imposibilidad de pagar los haberes a sus empleados si debía hacer frente a sus obligaciones tributarias”.
Los magistrados consideraron que no se había aportado la prueba documental respaldatoria suficiente para demostrar la situación económica, financiera y patrimonial de la empresa.
En consecuencia, la Sala de Feria rechazó el recurso y confirmó la negativa a otorgar la cautelar.