El fallo valoró que no había una actividad de los trabajadores como asociados de la demandada, que funcionaba como prestadora de mano de obra, y que la mutual beneficiada era la verdadera empleadora
La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) rechazó las casaciones presentadas por Asociación Mutual de Empleados y Funcionarios del Ministerio de Acción Social por medio de la Cooperativa de Trabajo Independencia Ltda, confirmando la sentencia de la cámara a quo que había admitido el fraude laboral en la contratación de personal para el complejo turístico El Balcón o El Balcón del Lago, de la localidad de Bialet Massé, al ser ese accionar contrario a la ley que regula las cooperativas de trabajo, al proveer empleados a terceros, sin que exista además una verdadera pertenencia como asociado a una cooperativa.
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