viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Ratifican condena por suministro de medicamento con efectos letales

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En el caso se probó el nexo causal entre la indicación del fármaco y el fallecimiento de la mujer, a quien no se le hicieron estudios previos ni se le brindó información sobre las posibles repercusiones de la ingestión de la droga

La Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó la procedencia de la demanda por mala praxis presentada por el padre y el hermano de una mujer, por el suministro de un medicamento que podía tener consecuencias letales para ella, quien falleció, sin la realización previa de estudios previos ni aporte de información sobre las posibles repercusiones de ingerir ese fármaco.

El tribunal concluyó que se probó que el deceso fue consecuencia de los efectos secundarios que sufrió la paciente a causa de la indicación de la droga por los los profesionales dependientes del Hospital de Clínicas José de San Martín, de la Universidad de Buenos Aires (UBA).

Luego de aclarar que la elección del fármaco como método de tratamiento ante el fracaso de los anteriores no implica, de por sí, una conducta médica reprochable, afirmó que lo cuestionable en el caso es que no se cumplieron todas las medidas pertinentes para evaluar las posibles repercusiones, tal como afirmó el perito.

“No es razonable sostener que la paciente, cursando su enfermedad, debería analizar, comprender y examinar el prospecto de la medicación”, afirmaron los jueces.

En ese contexto, sostuvieron que la falta de consentimiento informado privó a la mujer y a su familia del derecho a conocer y, así, a decidir, de modo libre y consciente, sobre los beneficios y peligros de cada intervención; en lo particular, si aceptaban asumir los riesgos eventuales del tratamiento, o, al menos, si deseaban consultar con otro profesional o incluso incurrir en terapias alternativas.

“El obrar de los profesionales médicos fue negligente, en tanto se le prescribió a la paciente una medicación sin verificar de forma cabal sus potenciales consecuencias y sin anoticiarla de las implicancias del tratamiento, incluso de su posible desenlace fatal”, estableció la cámara.

Universidad
A su turno, sin éxito, el recurrente -la UBA- cuestionó que se le atribuyera responsabilidad por el fallecimiento de la mujer como consecuencia de la ingestión del medicamento Adalimumab, que se le recetó a la causante en el Hospital de Clínicas.

Argumentó que el a quo valoró incorrectamente las defensas formuladas, el peritaje médico y la historia clínica relativos a la enfermedad de Behcet que sufría la paciente.

Expuso que la patología evolucionó desfavorablemente porque fracasaron los tratamientos aplicados desde el primer síntoma.

Puso en duda los testimonios que aseveraron que la mujer llevaba una vida normal, y alegó que ellos no se condicen con la gravedad del cuadro clínico diagnosticado y lo dictaminado en el informe pericial.

Además, consideró acreditado que la medicación prescripta era apropiada para la enfermedad de base que padecía la mujer y resaltó que la decisión de administrársela fue resuelta por la opinión experta de la Cátedra de Medicina Interna de la universidad.

En esa línea, aseguró que se realizaron los estudios clínicos previos en el marco de una internación aconsejada al efecto.

Criticó que se diera por probado que la causante no tuvo la posibilidad de elegir, de modo libre y consciente, el riesgo que asumía con el fármaco aplicado.

Señaló que no hubo falta de información acerca de sus posibles consecuencias sino que, por el contrario, se le brindó a ella y a su familia la instrucción necesaria para concretar la compra del medicamento.

Sobre el tema, refirió que el grupo familiar estuvo presente cuando se prescribió y que, incluso, se le entregó una copia de la historia clínica para tramitar la adquisición ante el Ministerio de Salud.

Finalmente, arguyó que la evolución negativa de la enfermedad que padecía la mujer le imposibilitaba asistir económicamente a sus padres.

Evolución
En el caso, luego del suministro de diversos medicamentos, en atención a la mala evolución de la mujer, el 24 de mayo de 2013 se le indicó el inicio del tratamiento con el fármaco Adalimumab, cuya primera dosis se aplicó el 3 de septiembre de 2013.

Posteriormente, la paciente padeció un agravamiento de sus cuadros de disfagia y disnea. Fue internada el 5 de septiembre y recibió el alta 20 días más tarde.

El 28 de septiembre regresó hospital a raíz de un sangrado masivo de la faringe posterior y shock hipovolémico. Al día siguiente, sufrió un paro cardiorespiratorio, estuvo en coma farmacológico inducido hasta el 7 de noviembre y falleció.

Perito
En su momento, sobre al fármaco, el perito médico puntualizó que es un anticuerpo monoclonal humano recombinante.

Advirtió de que se trata de una droga potencialmente capaz de provocar muchas reacciones adversas que pueden llevar al paciente a la muerte, como describe el vademécum.

Especificó que por ello es indicada para la enfermedad de Behcet en estadios avanzados, en pacientes que tomaron otros fármacos sin resultados o que presentaron complicaciones no esperadas o con compromiso de vida.

Consultado sobre la suficiencia de los estudios médicos preliminares, aseveró que, si bien la paciente estaba “muy estudiada”, quizás faltaron algunos análisis que propone la bibliografía, pero dudó de que ésa fuera la causa de las interacciones graves que surgieron y del deceso.

En cuanto a esos peligros, pormenorizó que cuando actúa es eficiente aunque puede generan interacciones que “pueden ser graves y también mortales”.

El profesional alertó sobre la inexistencia del consentimiento informado en la historia clínica. Manifestó que no encontró testimonio documental alguno que confirmara la determinación y voluntad de la enferma sobre su cuerpo y salud.

“La paciente contaba con un historial minucioso antes de la aplicación del Adalimumab e incluso consta en la historia que se hizo una reunión de los profesionales del servicio para decidir si se le indicaba o no esa droga, pero no me consta de la lectura de la documentación que se le haya solicitado la radiografía de tórax ni la prueba de la tuberculina”, reseñó el galeno.

Paralelamente, consideró que existían posibilidades de que el sangrado de la pared posterior de la faringe y la hemoptisis que sufrió la paciente con posterioridad a la aplicación de la medicación fueran secundarios al tratamiento y que determinó falleció por un efecto adverso del fármaco.

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