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Queda sin impulso la pesquisa por presuntas irregularidades en la OSPJN

Juan Carlos Maqueda. El Ministerio Público Fiscal solicitó que el ministro de la Corte sea sobreseído.
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Rechazaron que el Sindicato de Trabajadores Judiciales sea querellante. La Fiscalía ya pidió el cierre del expediente por inexistencia de delito

En la causa por presuntas irregularidades en la Obra Social del Poder Judicial de la Nación (OSPJN), la Sala I de la Cámara Federal porteña resolvió que el gremio Sindicato de Trabajadores Judiciales (SITRAJU), encabezado por la diputada oficialista Vanesa Siley, integrante del Consejo de la Magistratura de la Nación y y una de las impulsoras del juicio político contra la Corte, no será aceptado como querellante.

Como el fiscal Carlos Stornelli le pidió al juez Ariel Lijo el archivo del expediente y el sobreseimiento del juez de la Corte Juan Carlos Maqueda, por entender que no hubo delito, el expediente podría perder impulso.

La decisión impacta en la marcha de los asuntos que lleva la Comisión de Juicio Político de la Cámara Baja, en donde el kirchnerismo y sus aliados buscan la destitución de los cuatro ministros del alto tribunal.

Cabe recordar que una de las denuncias del oficialismo se basa en las constancia de aquella causa, que comenzó a instruirse a fines del 2021 para analizar la situación de la Obra Social de Poder Judicial de la Nación, que depende funcional y administrativamente de la Corte Suprema de Justicia. A su turno, el SITRAJU denunció que había contrataciones irregulares con empresas fantasma y que existía un sistema de atención “VIP” para ciertos afiliados.

Stornelli impulsó la investigación y hubo diligencias que incluyeron procedimientos en la sede de la prestadora, pero entendió que había que desestimar la causa. Por su parte, el SITRAJU pidió ser aceptado como querellante y solicitó medidas prueba.

En julio pasado, Lijo hizo lugar a la solicitud. Poco después, consideró que el archivo “no era el canal procesal para reclamar una solución definitiva”.

La Fiscalía promovió el sobreseimiento de Maqueda y solicitó la excepción de falta de acción para que se le quitara legitimación al sindicato y ahora la Cámara Federal admitió el planteo.

Estimó que “al margen de la discusión acerca de los requisitos administrativos del sindicato” y su falta de personería gremial, “el núcleo central” era determinar si la petición del SITRAJU se ajusta a los recaudos exigidos para avalar a alguien como querellante.

“El sindicato resaltó, básicamente, la calidad de los afiliados al gremio para encumbrar su reclamo de ser querellante, con respecto a un supuesto desvío de fondos de la OSPJN -en perjuicio del derecho a la seguridad social de aquéllos, que a la vez son aportantes-”, recordó.

La Alzada estimó “no se evidencia una afectación real, directa, especial y singular de un interés o derecho” que justifique otorgarle al gremio el rol de acusador privado; ello así, más allá de que “pudiese considerarse damnificado de un hecho que se encuentra sometido a la jurisdicción”.

“Los efectos tangenciales que pueden proyectarse a partir de un evento que se estima dañoso no son suficientes para fundar las estrictas condiciones que el caso debe exhibir para admitir a una persona como parte del proceso. En este sentido, la repercusión a la que aludió el sindicato para obtener el rol de querellante conforma esa consecuencia natural del hecho, mas no el perjuicio directo y especial que exige la norma. De ahí que, pese a la calidad hasta aquí conferida, asista razón al recurrente debiendo excluirse al SITRAJU de su condición de parte en la presente causa”, concluyó.

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