Determinan que una apelación fue mal concedida ya que la rúbrica del letrado patrocinante había sido reemplazada por la de su hermana, también profesional, pero que no revestía el carácter de apoderada en el caso.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.