Tras las críticas al proyecto de ley, el bloque de legisladores delasotistas decidió aplazar su tratamiento. La Comisión de Asuntos Constitucionales recibirá los aportes de diferentes sectores.
Aunque se especulaba que podía aprobarse en la sesión de hoy, finalmente el oficialismo decidió postergar el debate sobre el proyecto de ley que pretendía mitigar los efectos del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) con relación a la prisión preventiva.
Según pudo conocer Comercio y Justicia, la iniciativa seguirá siendo discutida en la comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura cordobesa al menos durante dos semanas, plazo que servirá para abrir el debate a diferentes sectores que estén interesados en contribuir con la nueva normativa.
La decisión fue adoptada por el bloque de legisladores delasotistas tras las críticas que desató el proyecto de ley. Entre otros, el Colegio de Abogados de Córdoba sentó postura ayer y advirtió de que una norma que contradiga lo estipulado por la Corte Suprema será rápidamente tachada de inconstitucional.
Reforma integral
El presidente del Colegio, Alejandro Tejerina, opinó ante este medio que Córdoba necesita “una reforma integral del Código Procesal Penal y no sólo de un artículo”. En ese sentido, aseguró que “lo mejor sería que los legisladores convocaran a los expertos para analizar el tema “, al tiempo que adelantó que hay una comisión de juristas que trabaja sobre el actual Código Procesal.
“Sería bueno que nos convoquen”, dijo Tejerina, quien se mostró conforme con la decisión del oficialismo de aplazar el tratamiento de la iniciativa.
Por su parte, el legislador oficialista Juan Manuel Cid confirmó a este medio que recién en 15 días podrían tratar en el recinto la iniciativa y que “están dispuestos a hacer todas las modificaciones que sean necesarias al proyecto original”.
La reforma
Cambio a un artículoLa iniciativa del oficialismo propugna una polémica modificación sobre el artículo 281 del Código de Procedimiento Penal de Córdoba. La reforma pretende establecer que los jueces y fiscales deben evaluar no sólo los derechos de los imputados con condena no firme sino también los de las víctimas y de los testigos que hayan intervenido en los procesos judiciales.