martes 26, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Presos sin acceso a la salud, otra falencia de las cárceles argentinas

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Se difundió la Memoria Anual del período 2013-2015. El común denominador en las unidades penitenciarias lo conforman detenidos sin las mínimas condiciones que exige la pauta constitucional.

El Sistema Interinstitucional de Control de Unidades Carcelarias, organismo que preside el juez Gustavo Hornos, miembro de la Cámara Federal de Casación Penal, elaboró recientemente un nuevo documento en el que se detallan las numerosas y diversas actividades realizadas durante sus dos primeros años de trabajo.

En el informe se destacan los monitoreos carcelarios realizados a distintas unidades de todo el país, en los cuales se resaltó la situación que viven los internos en los pabellones: sus condiciones de alojamiento e higiene, alimentación, actividades de estudio, laborales o de recreación física o mental.

“El control amplio y efectivo de la ejecución de la pena privativa de la libertad constituye una propuesta de cambio cultural en el ámbito judicial; así como una evolución de la perspectiva de abordaje de las cuestiones penitenciarias y las condiciones de detención, mirar tras los muros desde la óptica de los Derechos y ya no de las prohibiciones”, destacó el informe.
Entre otras visitas, el documento detalla la inspección efectuada al Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ex Unidad 2), donde se alojan “personas sin las mínimas condiciones que exige la pauta constitucional y legal”.

Según el informe, en sectores conocidos como “retenes” -que se encuentran en la entrada de todos los pabellones se ubica a las personas- “sin camas, ni baños, ni las mínimas condiciones de higiene (…) los internos hacían sus necesidades fisiológicas dentro de esos sectores cerrados en baldes, botellas o bolsas que permanecían en el lugar. No recibían su comida puntualmente ni contaban con ninguna posibilidad de realizar actividades de estudio, laborales o de recreación física o mental”.

En otra inspección, en el registro a la Unidad 17 “La Candelaria” y a los lugares de alojamiento de presos federales de Misiones, el informe concluyó que “los lugares no son adecuados para el alojamiento de los internos: no tienen recreos, no realizan tareas laborales, ni educativas, carecen de los elementos mínimos para la habitabilidad por lo que la práctica de alojamiento en dichas dependencias debería ser descartada”. “Es evidente que las condiciones de encierro resultan indignas, inhumanas e intolerables. Grandes índices de hacinamiento, falta de higiene y ventilación son algunas de las fallas detectadas que atentan contra el trato digno a los reclusos. La permanencia en aquellos espacios es opresiva e irrespirable”. Por último, durante la visita al Complejo Penitenciario Federal IV de Ezeiza, provincia de Buenos Aires, los miembros de la comitiva resaltaron la necesidad de los “aspectos asistenciales vinculados a las problemáticas propias del género femenino”.

“Se reclamó la puesta en práctica de programas destinados a la efectiva realización de exámenes ginecológicos preventivos -tales como mamografías, papanicolau y ecografías- y de prevención de enfermedades infectocontagiosas de todas las mujeres alojadas en el complejo, salvo que no presten su consentimiento debidamente informado”, detalló el documento.

Cabe destacar que desde su constitución, la comisión ya realizó cuatro recomendaciones de carácter general basadas en monitoreos sin aviso previo en diversas cárceles argentinas con el objeto de transformarlas significativamente.

La comisión es un espacio interinstitucional creado en junio de 2013 e integrado por la Comisión de Ejecución Penal de la Cámara Federal de Casación Penal; su Subcomisión, compuesta por una magistrada de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional y jueces de tribunales orales y un juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y correccional Federal; los jueces nacionales de ejecución penal; la Procuración General de la Nación representada por la Procuraduría contra la Violencia Institucional; la Defensoría General de la Nación -Comisión de Cárceles-; la Procuración Penitenciaria de la Nación; y, en carácter de miembros consultivos, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y el Centro de Estudios Legales y Sociales.

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