lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Prepaga debe costear consulta con especialista de otra ciudad

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Los padres del niño reclamaron con éxito la cobertura de una interconsulta con un médico del Hospital Garrahan. El letrado de la firma alegó que en Mendoza hay especialistas capaces y que los actores se negaban a visitarlos

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mendoza confirmó el fallo que le ordenó, por medio de una cautelar, a la empresa de medicina prepaga Swiss Medical SA a pagar la totalidad de los gastos que tendrán los amparistas en la consulta con un especialista que reside en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). La cita con el médico permitirá a los padres tener otra opinión sobre la enfermedad que padece su hijo.
Al reclamar la cobertura de la interconsulta con el especialista en inmunología infantil, los actores indicaron que el niño es atendido por un equipo interdisciplinario y que, pese a que está internado en su domicilio, presenta neumonía a repetición y un cuadro de desnutrición. Por ello necesitan viajar a CABA para lograr un diagnóstico preciso y avanzar con el tratamiento.
Según se informó, la medida incluye consulta, estudios, medicamentos, traslados aéreos y alojamiento para el niño y un acompañante.

“Cuando se trata de resguardar el interés superior del niño, atañe a los jueces buscar soluciones que se avengan con la urgencia y la naturaleza de las pretensiones, encauzar los trámites por vías expeditivas y evitar que el rigor de las formas pueda conducir a la frustración de derechos que cuentan con particular tutela constitucional”, destacó la alzada.
Así, concluyó que debía mantenerse la cautelar porque consideró en juego el derecho a la salud del niño “en el más amplio sentido”, configurado por la posibilidad de prevenir cualquier disfunción y, en caso de que exista, a contar con “la mejor atención médica que sus padres consideren adecuada a su nivel de vida”, sin limitaciones burocráticas.
“Si bien el dictado de la medida cautelar implica una decisión excepcional en tanto configura un anticipo de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa, la protección se vincula necesariamente con la adecuada prestación del servicio de Justicia y con el resguardo pleno de derechos”, subrayó la Cámara.
Al apelar el fallo del juez de grado, sin éxito, el letrado de la accionada insistió con que la atención médica del menor estaba garantizada y consideró que la actora pretendía hacerle creer a la alzada que su mandante asumió una conducta desaprensiva o que demostró desinterés respecto a la salud del niño, cuando, según alegó, les brindó respuesta oportuna y puso a recursos a disposición en tiempo y forma.

En esa línea, entendió que en el caso no se evidenciaba lesión alguna de los derechos del hijo de los actores que ameritara el dictado de la cautelar.
El recurrente sostuvo que aunque el profesional tratante del menor sugirió una evaluación con el galeno de Buenos Aires, no explicó los motivos de su indicación de manera clara y concreta.
Además, adujo que ni el profesional ni el Hospital Garrahan eran prestadores de Swiss Medical SA y que no había razón para obligarla a otorgar una cobertura con el alcance pretendido por los amparistas; especialmente, teniendo en cuenta que “en Mendoza hay médicos capacitados y con trayectoria”.

Motivos económicos
Paralelamente, la empresa aludió a motivos económicos para sustentar su postura y consideró que la admisión de la cautelar ponía en peligro la posibilidad de cumplir con la totalidad de las obligaciones asumidas por la prestadora con los afiliados que actuaron y actúan dentro del marco jurídico correspondiente.
Con relación al peligro en la demora, valoró que de los elementos que obran en el expediente no surgía que la salud del hijo de los actores estuviera en riesgo inminente.

En ese sentido, expuso que los padres no probaron que la atención médica que podía recibir el infante con los profesionales prestadores mendocinos no será adecuada o suficiente, y acotó que se negaban a llevar al pequeño a interconsultas con los galenos de la cartilla sin ofrecer o aportar prueba concreta y objetiva de la que pueda inferirse que no estaban en condiciones de atenderlo. Consideró, además, que los progenitores no probaron que el experto de Buenos Aires sea el único que pueda tratarlo.
Al contestar el traslado, los padres del niño detallaron que el estado de salud de su hijo es de “extrema gravedad”, narrando que nació por cesárea con 36 semanas y que, como está desnutrido, no evoluciona adecuadamente, lo cual favorece la aparición de patologías respiratorias y causa un deterioro pulmonar progresivo.
También subrayaron que la derivación al especialista en inmunología fue solicitada por un médico prestador de la recurrente y que el menor ya ha sido enviado a distintas clínicas especializadas en la CABA.

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