A raíz de las fuertes lluvias de ayer, el TSJ dispuso que, a los fines procesales, los órganos jurisdiccionales podrán declarar el pasado 25 de febrero como día inhábil, a requerimiento de particulares o abogados afectados, sin perjuicio de la validez de los actos procesales ya cumplidos.
La decisión fue adoptada por medio del acuerdo número 65, serie A, teniendo en miras lo sucedido y la preocupación expresada por el Colegio de Abogados de Córdoba.
Como consecuencia, hasta tanto se normalicen las situaciones de fuerza mayor imperantes, el Alto Cuerpo consideró que resulta conveniente que en los supuestos individuales debidamente acreditados, en los cuales tanto particulares como profesionales se vean impedidos de realizar los actos procesales en los juicios donde intervienen, formulen el correspondiente pedido ante el tribunal competente.