viernes 22, noviembre 2024
viernes 22, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Plazo para pagar utilidades en concesionaria de agua

ESCUCHAR

La Cámara del Trabajo de Córdoba desestimó que la obligación reclamada caduque a los diez años y que sea de naturaleza extralaboral

Al considerar que el plazo de prescripción que rige para el pago del Programa de Participación en las Utilidades (PPU), otorgado por Aguas Cordobesas SA a sus trabajadores, es el bianual establecido por el artículo 256 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y no el decenal previsto en el artículo 4023 del Código Civil (CC), la Sala 11ª de la Cámara del Trabajo admitió la excepción de prescripción opuesta por el accionante y condenó a la compañía a abonarlo sólo por el período no prescripto.

El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?