El reclamo contra la sanción impuesta al sitio de Internet se inició en sede contencioso-administrativa, pero el tribunal actuante en la apelación tomó la jurisdicción invocando la modificación de la ley 10247, que lo permite.
El reclamo contra la sanción impuesta al sitio de Internet se inició en sede contencioso-administrativa, pero el tribunal actuante en la apelación tomó la jurisdicción invocando la modificación de la ley 10247, que lo permite.
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Por Jimena Vega Olmos (*) En el marco de un sumario penal cambiario iniciado por el Banco Central de la República Argentina...
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