El máximo tribunal mendocino concluyó que el hecho de que el rodado se condujera despacio, además de no eximir a los accionados en el ámbito de la responsabilidad objetiva, no fue una medida suficiente y adecuada para evitar un desenlace como el acontecido, teniendo en cuenta las dimensiones del vehículo.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.