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Perito debe intimar previamente al ejecutar a quien propuso la pericia y no fue condenado en costas

CONCLUSIÓN. El Máximo Tribunal Provincial aclaró aspectos sobre la ejecución de honorarios de los peritos contadores.
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La Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba revocó la imposición de costas al Banco Provincia de Córdoba y las impuso por su orden.

El Alto Cuerpo resolvió en tal sentido en un juicio de cobro de honorarios iniciados por los peritos contadores en función del artículo 32 de la ley 7626, que les permite ejecutar los estipendios regulados, aun a quien no fue condenado en costas, por lo que debe verificarse la existencia de la intimación previa al proponente y/o beneficiario de la pericia contable.

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