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“Paola no fue víctima de una relación desigual”

23 octubre, 2015
“Paola no fue víctima  de una relación desigual”
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El Tribunal consideró que no existió violencia de género de Gonzalo Lizarralde a la víctima. Los jueces advirtieron de que la figura del femicidio acarreará dificultades interpretativas.

Tal como estaba previsto, la Cámara 11ª del Crimen de Córdoba divulgó ayer los fundamentos de la sentencia que condenó, por unanimidad, a prisión perpetua al acusado Gonzalo Lizarralde por los delitos de homicidio agravado por alevosía en perjuicio de Paola Acosta y la tentativa de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por la alevosía contra su hija menor de edad. Explicó, en ese sentido, que no existió el agravante de femicidio debido a que no hubo violencia de género, subordinación ni sometimiento de parte del condenado sobre la víctima.

El tribunal expresó que el asesinato de cualquier mujer, en cualquier circunstancia, “no implica siempre y en todo caso femicidio”, sino sólo aquella muerte causada en un ámbito donde existe una situación de subordinación y sometimiento de la mujer hacia el varón, basada en una relación desigual de poder.

Luego de advertir que la norma que introduce el femicidio al Código Penal “no es clara” y manifestar que “acarreará dificultades interpretativas”, la Cámara 11ª del Crimen insistió en que la atribución de la conducta de femicidio “demanda un actuar que demuestre claramente el despliegue de una violencia masculina en detrimento de lo femenino, es decir, la aniquilación de la vida de una mujer por parte de un varón que hunde sus raíces en la concepción de considerar a la mujer como inferior, por la sola circunstancia de integrar un colectivo erróneamente visualizado”.

En relación c on el caso analizado, el tribunal recordó que víctima y victimario se vieron personalmente tres o cuatro veces, tras un par de meses de comunicación a través de las redes sociales. También puntualizó que, una vez rota la relación, después de la noticia del embarazo, Acosta y Lizarralde recién volvieron a encontrarse en la Asesoría de Familia con el fin de establecer el reconocimiento de paternidad de la niña.

Con base en este contexto fáctico, la camarista Susana Frascaroli, presidenta del tribunal, se preguntó en el fallo: “¿Fue esta relación realmente asimétrica, desigual, como lo exige la ley? ¿Ejerció realmente Lizarralde sobre Paola un poder generador de sumisión, daño, sufrimiento, imposición de una voluntad, dominación y sometimiento, que son las conductas y secuelas propias de la violencia de género? ¿Existió en este caso, además de ser sus protagonistas un hombre y una mujer, un componente subjetivo, misógino, que es lo que guía la conducta del autor, esto es, causar un daño por el hecho de ser mujer?”

“La respuesta negativa surge evidente ni bien se repasan las características de la personalidad de Paola Acosta puestas de manifiesto en la propia acusación: se trataba de una mujer que ‘no fue dócil’ a la postura que asumió Lizarralde (sobre su paternidad), ‘sino que decidió empoderarse en defensa de sus derechos y los de su hija’, (…), solicitó asesoramiento gratuito e inició el procedimiento correspondiente, logrando lo que pretendía: que Lizarralde reconociera su paternidad formalmente y asumiera el compromiso de cumplir con las responsabilidades que surgen de ese estado”, expuso en la sentencia.

“Todo lo dicho nos aleja de esa mujer vulnerable, sumisa, dominada, víctima de una desigualdad de poder y nos coloca frente a una mujer fuerte, decidida pero atacada sorpresiva y alevosamente, en un momento en que seguramente ni imaginó que algo podía sucederle durante su encuentro con Lizarralde”, concluyó.

Finalmente, el tribunal destacó la valentía de los jurados populares que “pese a las presiones” de algunos operadores “examinó con minuciosidad cada prueba y constancia de la causa, para terminar descartando el femicidio”.

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