domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Pagaré con adulteraciones es considerado título inhábil

CONCLUSIÓN. El documento no contenía errores que justificaran su anulación.
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La Cámara 8ª Civil y Comercial de Córdoba validó la sentencia de primera instancia en lo referente a que se hizo un agregado en el documento base de la acción ejecutiva

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