La jueza María Benavente, titular del Juzgado Nacional en lo Civil Nº 15, hizo lugar a una demanda por daños y perjuicios presentada por un matrimonio que sufrió un robo perpetrado por un vecino, quien era menor al tiempo del hecho, y condenó en forma solidaria al imputado y a sus padres a pagar más de 20 mil pesos en concepto de indemnización.
La magistrada señaló que el joven abusó de la confianza que le proporcionaba la cercanía de sus víctimas y que, al amparo del trato familiar que le dispensaban, llevó adelante su plan.
Aunque en sede Penal no se dictó condena porque se suspendió el juicio a prueba, Benavente destacó que la hipótesis encuadraba claramente en los artículos 1091 y 1092 del Código Civil. “Si los agentes del hecho eran mayores de 10 años, con discernimiento para los actos ilícitos, deberán responder por su falta personal, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de los padres”, recordó.