El Juzgado Nacional en lo Contencioso-administrativo Federal Número 8, a cargo de Cecilia Gilardi Madariaga de Negre, hizo lugar a una demanda entablada en contra del Estado nacional (Policía Federal Argentina, PFA) y de la Editorial Sarmiento por los padres de la modelo Jazmín de Grazia, quien falleció el 5 de febrero de 2012, por la filtración y publicación de imágenes del cuerpo de su hija.
Se trata de las fotografías que tomaron agentes de la PFA en el marco de la investigación judicial sobre las causas del deceso de la joven, las cuales fueron publicadas en la portada del diario Crónica y en un suplemento a todo color, violando con tal accionar el derecho a la intimidad de la fallecida y de su familia.
En su sentencia, la magistrada tomó en cuenta lo dispuesto por el artículo 31 de la ley 11723, que determina que el retrato de una persona no puede ser puesto en el comercio sin su consentimiento expreso o, ya fallecida, de su cónyuge e hijos o descendientes directos o, en su defecto, del padre o de la madre.
Paralelamente, consideró que las imágenes de De Grazia no guardaban relación alguna con el interés general que pudiera tener el público en conocer detalles sobre su deceso, más allá de la actuación pública que tuvo en vida, como modelo y panelista de programas de televisión.
Así, concluyó que la publicación, lejos de informar, constituyó “un verdadero despliegue de morbosidad extrema absolutamente innecesario”, que causó expresiones de repudio generalizado no sólo dentro de la sociedad sino también de varios medios de comunicación, y que resultó ofensivo para los sentimientos de los reclamantes.
Gilardi Madariaga de Negre enfatizó que es una pauta cultural arraigada en la sociedad guardar el debido respeto a la memoria de los difuntos y ofrecer acompañamiento en el dolor a los familiares de ellos. En su fallo, señaló que se probó que el material gráfico fue obtenido por personal de la División Fotografía de la PFA y que estaba destinado exclusivamente a servir de prueba en la investigación judicial acerca de las causas del fallecimiento de De Grazia.
Por ello, valoró que se configuró una violación del deber de custodia que recaía sobre los funcionarios policiales y detalló que la culpa de la fuerza consistió en omitir tomar medidas concretas y protocolos para asegurar la cadena de custodia de los registros destinados a servir como prueba en la pesquisa.
En cuanto a la firma Editorial Sarmiento SA, propietaria del Diario Crónica, la responsabilizó por vulnerar el derecho a la intimidad y la condenó a pagar 60 por ciento de la indemnización.