Sólo se deberá responder el cuestionamiento de la disminución de porcentaje del rubro lucro cesante
Al confirmar la admisión del rubro resarcitorio como pérdida de chance, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba, ordenó el reenvío de las actuaciones para que resuelva sobre la determinación de su porcentaje, aclarando que dicha admisión parcial del recurso de casación sólo implica el derecho de la actora a tener una respuesta y no que su resultado deba ser favorable.
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