El tribunal destacó que el juez no contó con elementos suficientes para considerar que se trató de un documento al cobro, al cual debió aplicarse la Ley de Defensa al Consumidor, y lo consideró válido conforme la ley cambiaria
Al interpretar que la sola no presentación de documentación respaldatoria anexa al pagaré no puede hacer derivar que éste es de consumo; máxime, cuando cuando el demandado tuvo la posibilidad de defenderse y no lo hizo, la Cámara 9ª Civil y Comercial de Córdoba hizo lugar a una apelación y mandó continuar la ejecución iniciada en contra del demandado y revocar la resolución, al considerar que se dieron todos los requisitos de la ley cambiaria.
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