El juez Alberto Julio Mayda consideró lícita la rescisión unilateral de los frustrados contrayentes y basó su decisión en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor. El dueño del establecimiento pretendía quedarse con todo el monto, pese a haber sido advertido con tiempo de la suspensión El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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