El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba requirió a la Corporación Intercomunal para la Gestión Sustentable de los Residuos del Área Metropolitana Córdoba SA (Cormecor) que acredite el cumplimiento de la licencia ambiental correspondiente para la instalación de una planta de tratamiento de residuos domiciliarios en un predio ubicado entre las rutas nacional 36 y provincial 5. En ese sentido, el Alto Cuerpo dispuso que hasta que no cumpla con la presentación, Cormecor debe abstenerse de emprender obras que impliquen la ejecución del proyecto ambiental.
En la resolución dictada por la Sala Electoral y de Competencia Originaria del TSJ, los vocales esgrimieron su argumento: “Sin perjuicio del análisis formal del recurso en el momento de resolverlo, de las actuaciones obrantes y de los expedientes administrativos que este Tribunal ha tenido a la vista, surge que la Secretaría de Ambiente de la Provincia ha dictado la Resolución N° 510, del 30 de noviembre de 2015 (Decreto N° 2131/00, art. 5), no habiéndose acreditado en las actuaciones mencionadas la obtención de la correspondiente licencia ambiental (Decreto N° 2131/00, arts. 6 y 28)”.
En el mismo sentido, los magistrados expresaron que tal circunstancia, sumada a la complejidad de la decisión a adoptar por el Tribunal por cuanto comprende aspectos ambientales susceptibles de afectar el interés público, y dada la inminencia de la feria judicial de enero, “tornan conveniente requerir a Cormecor el cumplimiento acabado del requisito legal en cuestión mediante la presentación de la mencionada licencia ambiental, y disponer que, hasta tanto, se abstenga de emprender obras que impliquen la ejecución del proyecto ambiental (Ley n.° 10208, art. 31)”.
El TSJ tuvo que intervenir a raíz del recurso planteado por la parte demandante en la causa (un grupo de vecinos del lugar planificado para el predio). Esto, con el fin de que se modificaran los efectos con los que la Cámara Contencioso-administrativa de 1ª Nominación había concedido el recurso de apelación promovido por Cormecor contra la resolución de la Cámara 6ª de Apelaciones en lo Civil y Comercial.