La Justicia admitió un nuevo amparo en contra de la Ley de Subrogancias aprobada hace cuatro meses por la mayoría oficialista en el Congreso Nacional, que le permite al Consejo de la Magistratura nombrar jueces subrogantes ante una vacante.
El Juzgado en lo Contencioso-administrativo Federal Número 1 le ordenó al Consejo que hasta tanto no conforme las nuevas listas de conjueces -en los términos del artículo 3 de la ley 27145- se abstenga de seleccionar como subrogantes a más de 50% de los integrantes del listado ya aprobado.
Próximo gobierno
Así, limitó 50% la capacidad de designación del organismo por un período de tres meses; es decir, hasta que asuma el próximo gobierno.
La cautelar fue presentada por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, patrocinado por el letrado Diego Armesto. En su planteo, los abogados solicitaron que se declarara la “inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los conjueces abogados como magistrados subrogantes”. También reclamaron que el Consejo no realizara designaciones de conjueces abogados como subrogantes.
El artículo 1 de la Ley de Subrogancia dispone que el Consejo de la Magistratura designe funcionarios en casos de licencia, suspensión, vacancia, recusación, excusación o cualquier otro impedimento de los jueces o juezas de los tribunales inferiores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Desde su aprobación, con votos oficialistas, en el marco de la reforma judicial que impulsó el Gobierno, la Ley de Subrogancia ha sido criticada por miembros del Poder Judicial y dirigentes opositores, que estiman que la iniciativa es un “ataque a la independencia” y un “intento de disciplinamiento de los tribunales” por parte del oficialismo.