El tribunal interpretó que, si bien las causas no estaban acumuladas por no ser conexas, sí tenían en común el peritaje. Por ello, se decidió que se realice en el otro pleito y luego se incorpore en éste, que se mantuvo activo
Al advertir de que las partes consintieron que la prueba pericial caligráfica se realizara de modo conjunto con otro expediente por razones de economía procesal, ya que se trataba del mismo objeto de pericial, la Cámara 8ª Civil y Comercial de Córdoba confirmó la resolución de primera instancia que rechazó la perención de instancia opuesta por el demandado, por cuanto el expediente no estaba paralizado sino en espera del estudio que se llevaba a cabo en ese otro pleito, como se había decretado.
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