El Tribunal Superior de Justicia cordobés concluyó que la vía intentada por el presunto damnficado accionante no fue la vía idónea para plantear el reclamo y ratificó el desistimiento del planteo
Al entender que la vía impugnativa intentada no es el medio para refutar la fundamentación o falta de la misma en una sentencia, la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) rechazó el recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de la cámara que ratificó la sentencia de primera instancia que rechazó la acción de daños y perjuicios entablados en contra de INC SA, con base al supuesto robo de elementos personales que se encontraban dentro de un automóvil estacionado en la playa de un Carrefour/Sodimac.
El actor promovió acción resarcitoria persiguiendo la indemnización de los daños y perjuicios que sufriera como consecuencia del hecho ilícito alegado. Relató que en diciembre de 2014 dejó estacionado su automóvil en la playa de estacionamiento del hipermercado Carrefour/Sodimac, sito en Av. Colón 4880, y que al retirarse advirtió que el vidrio delantero del lado del acompañante se encontraba roto y que le habían sustraído una serie de efectos personales de una mochila dejada en su interior: una importante suma de dinero, una Ultrabook Sony y otros elementos accesorios.
La jueza de primer grado decidió desestimar la pretensión, lo que fue confirmado por el tribunal de alzada.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.