El TSJ consideró que no fue necesario reducir la indemnización en tanto no se demostró que la patología haya sido preexistente ni que ya se hubiera resarcido.
Tras advertir que la patología que el a quo ordenó indemnizar no constaba como enfermedad precedente en el legajo personal del accionante ni existió prueba de que ésta ya hubiera sido resarcida, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) desechó la casación presentada por la demandada
Mapfre ART SA pretendía que se aplique a la indemnización el método de la incapacidad residual. Paralelamente, aceptó la impugnación en cuanto detectó como erróneo el cálculo realizado para computar el factor de ponderación edad modificando en este aspecto la condena.
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