martes 3, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Mujer que pedía compensación económica a su ex no probó su propio desequilibrio económico

DECISIÓN. El tribunal concluyó que los acuerdos de la separación no perjudicaron a la ex cónyuge.
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El Juzgado 5º de Familia de Córdoba, a cargo de la jueza Susana María Squizzato, resolvió rechazar el pedido de compensación económica solicitado por una mujer en contra de su ex cónyuge. La actora había promovido la demanda argumentando un deterioro económico y moral a raíz de la disolución del matrimonio, el cual habría afectado también a su hijo en común. Sin embargo, la magistrada concluyó que las pruebas presentadas no resultaron suficientes para acreditar los requisitos necesarios para la procedencia del planteo.
En el análisis de la jueza se destacó que la naturaleza de la compensación económica, prevista en el Código Civil y Comercial (CCC), no se ajusta al tipo de reclamo de la actora. Y enfatizó que este recurso no está diseñado para compensar un perjuicio moral o económico derivado de la ruptura del vínculo matrimonial, ni para cubrir un supuesto incumplimiento del deber de fidelidad o de contribución económica al hogar.

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