Un menor de edad fue autorizado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal a actuar como querellante en una causa penal que lo tiene como víctima del delito de corrupción sexual.
La resolución de la Sala VI consideró que si bien las leyes prohíben que los menores puedan ser querellantes, en el caso la presunta víctima, que es un chico de la calle, “se encuentra en una situación de abandono material y moral”, acotando que “como no existe virtualmente representación legal a la que acudir, impedir que el niño pueda actuar en el proceso penal constituye un exceso que debe ser resuelto por vía de excepción.
Los camaristas Julio Lucini y Luis Bunge Campos señalaron que durante el proceso el damnificado será asistido por abogados del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.