El juzgado de Paz de la ciudad bonaerense de San Pedro libró una medida cautelar de restricción contra el obispo de San Nicolás, Hugo Norberto Santiago, y el párroco Sebastián Zagari, de una iglesia de San Pedro, para que “cesen con los actos de perturbación” y “violencia psicológica” contra una denunciante de abuso eclesiástico.
El juez José Ignacio Macchia también prohibió en su fallo que se envíen mensajes de texto o llamadas telefónicas al celular de la víctima, a los correos electrónicos o a través de redes sociales que puedan configurar “actos de hostigamiento, amenazas u otros hechos de violencia psicológica” encuadradas en la ley de protección integral contra la violencia de género.
En la fundamentación de la medida de tutela cautelar, el magistrado sostiene que -conforme las circunstancias denunciadas- corresponde encuadrar como violencia psicológica contra C.N.V, en vía pública el actuar denunciado y atribuido a Santiago y a Zagari.
Si bien el Obispado de San Nicolás mantiene suspendido en el ejercicio sacerdotal al denunciado sacerdote Tulio Matiussi, las familias de los niños que denunciaron abusos aseguran que el prelado viene realizando desde hace cuatro años acciones de encubrimiento, de presión judicial y ataque a las víctimas para favorecerlo.
En el caso de Zagari, el párroco fue quien había realizado primero una denuncia por hostigamiento contra C.N.V, a la que ella respondió con una contradenuncia que fue finalmente admitida, según fuentes del caso.
A principios de junio de 2020, el fiscal que investigó los supuestos abusos sexuales cometidos por Matiussi y otras dos personas a niños que asistían al Jardín Belén de San Pedro hizo el requerimiento de juicio oral, para el que se aguarda se fije fecha en los próximos días.
La requisitoria del titular de la UFIJ 8 de Baradero, Hernán Granda, es por el delito de “abuso sexual simple agravado por la calidad de sus autores” presuntamente cometido por Matiussi (46) y otras dos personas acusadas de haber agredido sexualmente a cinco niños de entre tres y cuatro años –cuatro nenas y un nene- en el Jardín Belén, donde el cura se desempeñaba como representante legal.
El portero Anselmo Ojeda (58) y la preceptora María Luján Rubíes (51) están imputados de igual delito.
En el pedido de elevación a juicio, el fiscal Granda plantea que está acreditado con el nivel de certeza requerido para esta etapa procesal que “durante el curso lectivo 2017”, los imputados sometieron a los niños a “tocamientos” de sus zonas genitales en horario de clases, delito que los imputados cometían tanto de manera “colectiva” como “individual”, con o sin la presencia de otros chicos como testigos.