El femicidio de la adolescente, en mayo de 2015, en Rufino, Santa Fe, originó el movimiento Ni Una Menos
El condenado por el crimen de Chiara Páez, la adolescente de 14 años asesinada en mayo del 2015 en la ciudad santafesina de Rufino y cuyo femicidio dio origen al movimiento “Ni Una Menos”, recibió una rebaja de la pena.
Los jueces Guillermo Llaudet, Georgina Depetris y Javier Beltramone establecieron que Manuel Mansilla cumpla 15 años en vez de los 21 y 6 meses que le impusieron el fuero de Menores.
Lo hicieron al acatar la orden de la Suprema Corte de Justicia de Santa Fe, que consideró que el fallo de primera instancia se apartó de los principios específicos vigentes en el derecho penal juvenil.
El fallo de la Corte santafesina, que se pronunció el 27 de diciembre de 2021, hizo hincapié en la condición de menor de Mansilla al momento del hecho y consideró que debía aplicarse la ley penal juvenil, que prevé que para los casos de reclusión perpetua (como le habría cabido al joven si hubiese sido mayor), debe reducirse la sanción si se trata de un menor.
La reciente decisión provocó el repudio de la madre de la víctima, Verónica Camargo, quien analiza realizar una presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación o la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El 2 de marzo de 2018 se ratificó la sentencia de primera instancia, firmada por el juez Javier Prado, que le aplicó al encausado una pena 21 años y 6 meses de prisión luego de que, en 2016, el magistrado de Menores Adrián Godoy lo responsabilizara por el femicidio de Chiara.
Luego, la Corte santafesina entendió que si bien la Cámara no estaba obligada sino facultada para aplicar el artículo 4 de la Ley 22.278, optó por una alternativa mediante la cual “se apartó de los principios específicos vigentes en el derecho penal juvenil y del de legalidad” al efectuar una integración normativa en perjuicio del imputado, lo cual la tornó “descalificable desde la óptica constitucional”, razón por la cual la anuló.