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Le adulteraron el DNI y no pudo votar ni casarse: el MPF logró una condena

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En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, y a instancia de un pedido del fiscal general Carlos Martín Amad, el Tribunal Oral Federal N°1 de Salta condenó a Jorge David Ari Canaza o Mamani Arias Canaza a la pena de tres años de prisión condicional por el delito de uso de documento público adulterado destinado a acreditar la identidad de las personas.

En su fallo, y también a pedido de la fiscalía, el juez Federico Díaz ordenó la destrucción del DNI y remitió oficios al Registro Civil y demás organismos pertinentes para informar sobre su resolución.

En tal sentido, dispuso que se proceda a regularizar la situación de la víctima, Gabriel Fernando Ávila, y cerró el proceso penal iniciado el 5 de agosto de 2022, cuando el damnificado denunció ante la Sede Descentralizada de Tartagal las penurias que vivió a raíz del robo de su identidad.

El hombre se identificó como trabajador independiente y aclaró que nunca cambió de domicilio, pero que tenía serios inconvenientes al momento de realizar trámites vinculados con su DNI.

Explicó que, años atrás, su madre viajó a Bolivia, donde perdió su documento y también el de su hermano. Dijo que no le dio importancia a lo ocurrido hasta que se presentó a votar por primera vez, en 2012, y no pudo hacerlo debido a que su nombre figuraba con domicilio en la ciudad de Salta.

Relató que posteriormente, en 2016, se presentó a las oficinas de tránsito del municipio de Tartagal para gestionar su carnet de conducir y le informaron que debía pagar una multa por una infracción cometida en aquella ciudad, pese a que eso era imposible porque era la primera vez que tramitaba su licencia y nunca vivió en la capital salteña.

Asimismo, reportó que al intentar contraer matrimonio en Tartagal, el Registro Civil le informó que no podía hacerlo porque en la base de datos aparecía una persona con su misma información, pero que fisonómicamente era muy distinto.

Indicó que radicó la denuncia por usurpación de identidad en el fuero ordinario, pero que el Ministerio Público Fiscal salteño lo anotició de que el caso estaba archivado.

Así, manifestó que acudió a la Sede Descentralizada de la ciudad, que inició las actuaciones, aunque luego las giró a la Unidad Fiscal de Salta, ya que el posible autor de la maniobra residía en la capital provincial.

Al tomar el caso, el fiscal general ordenó las tareas de campo preliminaries y solicitó la detención del sospechoso y el allanamiento de su vivienda.

La diligencia se cumplió en septiembre de 2023. Además de la captura, se secuestró documentación comercial a nombre del denunciante.

En su declaración indagatoria ante el juez federal de Garantías N°1, Julio Bavio, el acusado, identificado se abstuvo de hablar. El fiscal avanzó con otras diligencias del caso que permitieron establecer su responsabilidad en el uso ilegal de la identidad de la víctima.

Entre otras conclusiones, se logró determinar que efectivamente había dos personas que usaban el número de DNI de Ávila: una era el propio afectado, con domicilio en Tartagal, y el otro era el acusado, con residencia Salta, con trámites realizados en el año 2013 y en el 2016 respectivamente.

El Registro Nacional de las Personas informó sobre un expediente administrativo iniciado por la misma irregularidad.

Con base en las pruebas, Bavio dispuso el procesamiento sin prisión preventiva del acusado en diciembre de 2023.

El caso fue elevado a juicio y surgieron tratativas entre las partes a fin resolver el conflicto mediante un acuerdo de juicio abreviado, tal como lo promueve el Código Procesal Penal Federal en su artículo 22.

Como resultado de ello, la Fiscalía presentó el acuerdo. El acusado reconoció su responsabilidad y consintió la pena acordada, lo que llevó al juez Díaz a homologar el planteo, dictar la condena y promover que se regularice la situación del denunciante.

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