jueves 19, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La PGN aprobó pautas generales de actuación sobre jurisdicción universal

EDUARDO CASAL. Hace un año avanzó en la materia, con una instrucción general para los fiscales.
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El Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, aprobó a través de la Resolución PGN 76/2024 las Pautas generales de actuación del Ministerio Público Fiscal de la Nación sobre Jurisdicción Universal, que establecen, de acuerdo a estándares internacionales, criterios orientadores para evaluar la promoción de la acción penal en estos casos.

Entre los lineamientos figuran: que el presunto delincuente sea nacional argentino, o se encuentre en territorio argentino, o sea un apátrida que resida aquí, o cuando las víctimas sean nacionales argentinas.

En tal sentido, el procurador indicó que deberá priorizarse la entrega de los responsables al país que tenga la competencia primaria, o a aquellos que se encuentren en mejores condiciones para juzgar el delito y requieran su extradición, o su entrega a una corte o tribunal penal internacional competente.

El documento fue elaborado por la Secretaría de Coordinación Institucional (SCI) y la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional (DIGCRI), con aportes de la Fiscalía General de Política Criminal, Derechos Humanos y Servicios Comunitarios.

Tiene como precedente la instrucción general que emitió Casal hace un año (Resolución PGN 90/23), para que los fiscales informen las denuncias e investigaciones iniciadas por el principio de jurisdicción universal.

Además, en diciembre de 2023 les solicitó a los agentes que remitieran copias de las actuaciones que pudieran resultar de utilidad para la conformación de un registro de esos procesos y para el abordaje institucional de la cuestión.

Casal también les encomendó a la SCI y a la DIGCRI confeccionar el documento con pautas generales de actuación orientadoras para los fiscales que intervengan en la tramitación de causas en las se investiguen crímenes internacionales cometidos en otros países en las que pueda iniciarse la jurisdicción penal universal.

La decisión de Casal se vinculó con el notable aumento y complejidad de las causas iniciadas ante los tribunales argentinos vinculadas con la jurisdicción universal, a raíz de las cuales se experimentó la necesidad e importancia de la cooperación jurídica internacional y la complejidad que aparejan esos trámites, como las incidencias geopolíticas, diplomáticas y de relaciones internacionales implicadas.

Respuesta
La jurisdicción universal es un principio del derecho internacional que permite a los Estados investigar y juzgar determinados crímenes, independientemente del lugar donde se cometieron, y con base en su naturaleza y gravedad, que afectan a la comunidad internacional en su conjunto. Con ello se busca promover la justicia internacional, evitar la impunidad de los delitos más graves y brindar una respuesta efectiva a las personas damnificadas.

El documento sistematiza normas y estándares internacionales y responde, con lineamientos para afrontar este tipo de casos relevantes y complejos, a desafíos en la aplicación del principio de jurisdicción universal, como la falta de regulación específica en la legislación nacional, la complejidad de los contextos internacionales y la necesidad de evitar conflictos de jurisdicción con otros países o tribunales internacionales.

En ese marco, les recomienda a los representantes del MPF que ejerzan la acción penal, en primera medida, frente a delitos graves y de mayor trascendencia para la comunidad internacional, como son los crímenes de lesa humanidad, de guerra, agresión, genocidio y tortura.

Añade que podrán intervenir subsidiariamente cuando los países que tengan la responsabilidad primaria para desarrollar las investigaciones y enjuiciamientos no lo hagan, no puedan hacerlo o lo hagan con el fin de sustraer a los presuntos culpables de su responsabilidad.

Venezuela
Cabe recordar que en septiembre pasado, por pedido de víctimas que denunciaron en Argentina la comisión de crímenes de lesa humanidad en Venezuela, y citando el principio de Justicia universal, los fiscales Carlos Stornelli y José Agüero Iturbe le reclamaron a la Sala I Cámara Federal porteña -integrada por Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens- que ordene la indagatoria y la captura de Nicolás Maduro; de su mano derecha, Diosdado Cabello, y de una treintena de militares y agentes de inteligencia acusados por torturas, secuestros y ejecuciones, en el marco de un plan sistemático.

Seis venezolanos contaron en audiencia los tormentos que padecieron. Uno fue fiscal en su país. Investigó crímenes ocurridos en manifestaciones estudiantiles y dijo que cuando quiso apuntar a la cadena de mando fue secuestrado ilegalmente y torturado.

Bruglia, Bertuzzi y Llorens quedaron condiciones de resolver si hacen lugar a un planteo de la querella y la fiscalía y ordenan la detención de Maduro o si, por el contrario, validan lo resuelto por el juez del caso, Sebastián Ramos, quien rechazó el reclamo hasta concluir con medidas de prueba.   

La causa la impulsó el Foro Argentino por la Democracia.

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