La Justicia le impuso cinco años de prisión a Daniel Bravo, actual concejal de Colonia 25 de Mayo, como partícipe necesario. También responsabilizó a la dueña de un prostíbulo
En La Pampa, el Tribunal Oral Federal de Santa Rosa condenó a cinco años de prisión al ex intendente y actual concejal de Colonia 25 de Mayo, David Bravo, y a la dueña de un prostíbulo -que funcionaba con los nombres “Venus” y “Karibian”-, Nurys Caraballo Castillo, por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual.
El político fue responsabilizado como partícipe necesario y la mujer como autora.
En tanto, el ex comisario Miguel Ángel Oyarce, quien llegó al debate acusado por encubrimiento agravado, fue absuelto.
A su turno, la fiscal Iara Silvestre solicitó las penas finalmente impuestas a los encausados por los jueces Pablo Díaz Lacava, José Tripputi y Marcos Aguerrido.
No obstante, los magistrados declararon prescripto el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público respecto a Bravo y no le aplicaron la pena de inhabilitación por tres años para el ejercicio de cargos públicos que había requerido la agente.
El ilícito que cometieron Bravo y Caraballo Castillo perjudicó a al menos tres víctimas en la modalidad de acogimiento de mujeres mayores de 18 años mediando abuso de su situación de vulnerabilidad mediante el facilitamiento y obtención de provecho económico de su comercio sexual.
Los hechos juzgados ocurrieron entre el 16 de diciembre de 2011 y el 6 de octubre de 2012, en la localidad pampeana de Colonia de 25 de Mayo.
El juicio comenzó el 4 de noviembre pasado y los fundamentos de la sentencia se difundirán hoy.
La causa se inició el 13 de diciembre de 2011, a raíz de una denuncia realizada en la Delegación La Pampa de la Dirección Nacional de Migraciones.
En esa oportunidad, una joven oriunda de República Dominicana se comunicó telefónicamente con esa dependencia y dijo que se había escapado de un cabaret ubicado en Colonia 25 de Mayo.
Relató que fue maltratada y amenazada por los dueños del prostíbulo, que allí había otras mujeres en la misma situación que ella y que una estaba embarazada.
Explicó que no había avisado a la policía “porque sabían todo” y precisó que cuando el jefe comunal iba al cabaret “le daban mil pesos” y “firmaba”.
Una vez que se motorizaron las tareas investigativas, el 16 de diciembre de 2011 se allanó el local nocturno. Durante el operativo se constató la presencia de 10 mujeres: nueve de nacionalidad dominicana y una argentina.
Además, se corroboró que en el mismo predio donde se encontraba el cabaret había habitaciones y varias camas, donde las damnificadas vivían y hacían “pases”.
La mujer identificada como la encargada del local nocturno aportó la habilitación municipal correspondiente, que llevaba la firma del intendente Bravo, bajo el rubro de “cabaret”.
El documento consignaba que la propietaria del lugar era Caraballo Castillo.
Sin embargo, una ordenanza municipal del 3 de septiembre de 2010, que lleva la la firma del por entonces intendente Bravo, prohibía la habilitación de cabarets, whisquerías, clubes nocturnos y night clubs en esa localidad, por estimar que encubren el delito de trata de personas y violan la Ley de Profilaxis, que prohíbe los prostíbulos en todo el país.
El 2 de febrero de 2012, el Ministerio Público Fiscal (MPF) solicitó el llamado a declaración indagatoria de Bravo, Caraballo Castillo y de la encargada del local.
Por un conflicto de competencia se demoró el avance de la causa y el 4 de junio de ese año la Fiscalía Federal de Santa Rosa le dio intervención a la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), a cargo de Marcelo Colombo y Alejandra Mángano, quienes insistieron, sin éxito, con el pedido para que se convocara a declarar a los imputados.
La fiscalía advirtió de que el prostíbulo llamado “Venus” había mutado su nombre a “Restó Bar Karjbjan” y que permanecía a cargo de Caraballo Castillo.
Detalló además que muchas de las mujeres que se encontraban trabajando como mozas en el local nocturno eran las mismas que se encontraban el día del allanamiento.
Por la insistencia del MPF, el juzgado hizo lugar al pedido.
En la investigación se comprobó incluso que el “Bar Karjbjan” también había sido habilitado por el intendente Bravo.
Caraballo Castillo y la encargada del prostíbulo fueron convocadas a declaración indagatoria el 11 de octubre de 2013.
En agosto de 2014, el entonces fiscal federal Juan Baric imputó a Bravo por haber permitido el funcionamiento del prostíbulo investigado a pesar de la ordenanza que firmó y veda su operatoria.
Finalmente, la Fiscalía Federal de Primera Instancia de Santa Rosa requirió la elevación a juicio de la causa en noviembre de 2020.
Antes, en marzo de 2013, el intendente Bravo había sido condenado por la Justicia provincial a siete meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial por 14 meses para su desempeño en el ejercicio de cargos públicos, por abuso de autoridad en el marco de otro caso de trata de personas.
En julio de 2014 se confirmó la condena.