Un reciente fallo de la Cámara Federal de Córdoba, Sala “A”, hizo lugar a una cautelar planteada por Susana Esther Avancini contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y le ordenó a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba que se abstenga de retener el impuesto a la Ganancias sobre los haberes Avancini.
La decisión recaída sobre la medida cautelar quedó firme ya que reunía todos los requisitos que exige la normativa vigente. La sentencia sienta el primer precedente en la Provincia.
En marzo, la Corte Suprema de Justicia -con los votos a favor de Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, y en contra de Carlos Rosenkrantz- había declarado la inconstitucionalidad del impuesto a las Ganancias sobre las jubilaciones y pensiones, al decidir sobre el caso de María Isabel García, una jubilada entrerriana, quien en 2015, con 79 años, había promovido una acción contra la AFIP para que se declare la inconstitucionalidad de la deducción del impuesto a las Ganancias sobre su beneficio.