El juez de Ejecución de Penas de Concordia Juan Ignacio Lazzaneo rechazó una acción de amparo a los fines que se deje sin efecto el decreto provincial 4078, mediante el cual el Estado de Entre Ríos se adhirió a la implementación del “pase sanitario” dispuesto por la Nación.
Los amparistas esgrimieron, entre otras cuestiones, que las restricciones “carecen razón de ser, y que la génesis de la normativa está viciada de nulidad toda vez que se transforma en obligatoria la vacunación cuando la misma es voluntaria”.
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