El Ministerio Público de la Defensa (MPD) estableció una compensación de gastos por teletrabajo, en línea con lo resuelto semanas atrás por el Consejo de la Magistratura de la Nación.
El órgano recordó que, con motivo de la pandemia, se dispuso una serie de pautas de funcionamiento, en la que se “priorizan los esquemas de trabajo rotativos y a distancia”. También se autorizó a todas las defensorías y dependencias a “garantizar la prestación del servicio manteniendo abierta comunicación con los titulares de los juzgados y tribunales ante los que prestan funciones, sin necesidad de concurrir presencialmente a la dependencia, así como establecer mecanismos alternativos para la atención y comunicación virtual o remota con sus asistidos”.
Hace apenas algunas semanas, el Consejo de la Magistratura aprobó una compensación mensual de 1.917,04 pesos para atender los gastos en que incurren los agentes que desarrollan teletrabajo, siempre que acrediten el cumplimiento de la jornada laboral, de manera continua o discontinua, en un promedio de 20 días hábiles mensuales.
En este sentido, el MPD consideró necesario reconocer una compensación equivalente para compensar los gastos que afronta el personal en la realización de las funciones laborales. El monto será el establecido por el Consejo de la Magistratura, de carácter no remunerativo y actualizable.
Podrán percibir la compensación “quienes revistan en forma efectiva o interina o estén contratados en los cargos del escalafón Técnico Administrativo previstos en los incisos 8 a 14 del artículo 7 del Régimen jurídico del MPD”. Para la percepción, los magistrados y funcionarios a cargo de las defensorías y dependencias deberán informar a la Oficina de Administración General y Financiera el personal que cumplió con los requisitos, que resulte beneficiario de la compensación.