El juez federal de Junín Héctor Plou declaró la inconstitucionalidad del decreto 851/2021, vigente a partir del 1 de enero de 2022, que se aplica a las alícuotas de derechos de exportación al sector agropecuario.
El magistrado hizo lugar a la acción de amparo promovida por Gustavo Longinotti y Barbieri Hermanos SS en contra del Estado Nacional y la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Dispuso que las disposiciones que aquella manda son inaplicables a las operaciones de venta que los actores realicen o hayan realizado con posterioridad al 1 de enero.
A su turno, los demandantes expusieron que los derechos de exportación que rigen desde el primer mes del año fueron impuestos por el Poder Ejecutivo Nacional sin intervención del Legislativo, soslayando que no existe carga tributaria alguna que pueda exigirse sin la preexistencia de una ley emanada del Congreso.